¿Cuánto cuesta ser autónomo? Esto es lo que paga un autónomo cada mes

La cuota de autónomo no es todo, ¿sabes cuánto cuesta ser autónomo en España realmente? Descubre los tipos de pagos más habituales en la vida del autónomo y su calendario.

  • Interiorizar el calendario de pagos recurrentes contribuye a dar a la tesorería la importancia que merece.
  • El arranque de un negocio suele implicar un conjunto de desembolsos especiales.

Cuando nos planteamos cuánto cuesta ser autónomo en España, lo primero que suele venirse a la cabeza es la cuota de autónomo. Parece normal, si tienes en cuenta que hay muchos trabajadores por cuenta propia para los cuales es su principal desembolso mensual. En especial, es el caso de algunos profesionales y prestadores de servicios personales con una escasa inversión en estructura fija y sin trabajadores a cargo. 

Realizar desembolsos es una actividad cotidiana del autónomo. ¡Toma nota de las claves de los pagos más habituales!

En cualquier caso, para comenzar a emprender conviene comprender que la puesta en marcha suele suponer tener que adelantar dinero. También debes ser consciente de que después llegará una corriente de pagos que, aunque puedan variar en su cuantía, llegarán con regularidad. Y, más allá, habrá que realizar inversiones y cumplir con otras obligaciones que reclame cada situación puntual

¿Qué tiene que pagar un autónomo cada mes?

Dentro de las categorías de pagos que tiene que afrontar un autónomo, una de las más importantes es la de los pagos recurrentes, aquellos que se repiten período tras período. Muchos lo hacen cada mes o, de forma más rara, cada dos o tres meses o con otras periodicidades. Tengan mayor o menor cuantía, sabes que hay una fecha marcada para el desembolso.

Como es lógico, estos pagos dependen de las circunstancias de la actividad que desarrolle, pero podemos agruparlos en dos categorías: los pagos recurrentes tributarios y los no tributarios.

Pagos recurrentes tributarios

  • La cuota de autónomo que debes pagar a la Seguridad Social cada mes.
  • Si no tienes una gran empresa, lo normal es que pagues cada trimestre los modelos de retenciones. Entre ellos, destacan el 111 y 115.
  • En el caso de contar con una sociedad, realizarás los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades a través del modelo 202 en enero, abril y octubre. En julio, puede que tengas que desembolsar, si te da a pagar, la cuota de la declaración del impuesto sobre sociedades (modelo 200).
  • El IVA lo tendrás que liquidar mes a mes si estás en el sistema de Suministro Inmediato de Información (SII). En otro caso, lo liquidarás cada tres meses (enero, abril, julio y octubre). En algunos casos, puede que la liquidación no dé a pagar.
  • Las personas físicas que desarrollan actividades económicas, sin el amparo de una sociedad u otra persona jurídica, presentan pagos fraccionados a cuenta del IRPF (modelos 130 y 131) en enero, abril, julio y octubre. La declaración de la renta, que también puede dar a pagar, suele domiciliarse para su pago el último día de junio. También puede fraccionarse con el pago de un 40 % en noviembre.
  • En caso de haber solicitado un aplazamiento o fraccionamiento tributario, nos darán un calendario de pagos. 
  • Existen muchos otros tributos que pueden suscitar pagos recurrentes: impuestos especiales, determinados impuestos locales, etcétera.

Pagos recurrentes no tributarios

Además de impuestos, tasas, cotizaciones sociales y contribuciones especiales, los autónomos tienen otros pagos habituales, entre los que destacan:

  • Las cuotas de amortización e intereses de la financiación ajena.
  • Salarios y prestaciones extrasariales.
  • Suministros de electricidad, telecomunicaciones, agua, gas, etcétera.
  • Rentas y cuotas de arrendamientos operativos o financieros de inmuebles, maquinaria, vehículos, etcétera.
  • Tarifas de acceso a servicios electrónicos que se reciben de forma continuada, como los prestados en la nube, aplicaciones móviles, datos, etcétera.
  • Primas de seguros de inmuebles, responsabilidad profesional, vehículos, mantenimiento de máquinas, etcétera.
  • Pagos a proveedores de existencias.

¿Cuánto cuesta hacerse autónomo en España? La cuota de autónomo

Con independencia de otros costes, el mero hecho de darse de alta en el régimen de autónomos implica tener que comenzar a pagar una cotización a la Seguridad Social. En los próximos años, irán conviviendo tres situaciones entre los nuevos autónomos:

  • Nuevos autónomos que hayan solicitado el alta antes del 1 de enero de 2023. Si cumplen los requisitos, podrán seguir disfrutando de la tarifa plana. En la mayoría de los casos, ello supone que pagarán 60 euros al mes.
  • Nuevos autónomos que soliciten el alta después del 1 de enero de 2023. Entre 2023 y 2025, si cumplen los requisitos, pagarán 80 euros mensuales. A partir de 2026, serán los presupuestos de cada año los que fijen la cuota reducida para nuevos autónomos. 
  • Autónomos que no cumplen los requisitos para disfrutar de los beneficios en la cotización. Quienes hayan estado dados de alta en los dos años anteriores y, tras un período de baja, se den de nuevo de alta, aunque su actividad fuese diferente, tendrán que cotizar conforme a las reglas generales

El antiguo sistema de tarifa plana de autónomos de 60 euros mensuales será sustituido, para las nuevas altas, a partir del 1 de enero de 2023, por una cuota de 80 euros al mes.

¿Qué gastos debe afrontar un nuevo autónomo?

El arranque de un nuevo negocio o actividad implica un conjunto de desembolsos, entre los que destacan:

  • Gastos jurídicos en notarías, registros públicos, asesoramiento jurídico, tasaciones de expertos independientes, tributos ligados a los documentos y hechos relacionados con la puesta en marcha de la actividad…
  • Retribuciones a asesores y consultores. Puede ser conveniente o necesario recabar ayuda experta en muchos ámbitos: financiero, contable, gestión de personas, marketing e investigación de mercados, jurídico, análisis y programación informática, mecánica, electricidad, electrónica, química, edificación, diseño, organización…
  • Puesta en marcha. Revisiones técnicas; planificación e implementación de protocolos de trabajo; limpieza, organización, reforma y decoración de locales; configuración de equipos y dispositivos informáticos, máquinas, vehículos…

Y, una vez que el negocio haya dado sus primeros pasos, los pagos habituales y otros extraordinarios continuarán. Tu principal aliado será una buena planificación financiera y de tesorería. 

Fuente info
Autor: Gonzalo García Abad

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